Bienvenid@s a tod@s a Nuevotrabajo. En este Blog pretendemos crear un espacio en el que compartir y actualizar ideas, proyectos y propuestas relacionadas con el mundo laboral. Es un blog educativo que tiene por objetivo no sólo mostrar nuestra realidad laboral actual, sino también el de diseñar, proponer e innovar en el trabajo del futuro. Abstenerse pesimistas!
jueves, 28 de abril de 2022
Evaluación de riesgos laborales en nuestros talleres de trabajo
jueves, 24 de marzo de 2022
Procedimiento de reclamación ante un despido
Importante conocer el contenido de la infografía.
Los plazos para reclamar frente a un despido son de 20 días hábiles.
Son plazos de caducidad, y si no se cumplen, se pierden los derecho para reclamar ante el mismo.
Buscar en la web de la Comunidad de Madrid, y rellenar un modelo de papepleta de conciliación ante el SMAC, en reclamación de cantidad e indemnización por despido improcedente.
viernes, 18 de marzo de 2022
Carta de preaviso en baja voluntaria.
En el caso de que queramos dar por finalizada la relación laboral, debemos notificarlo al empresario con una antelación mínima de 15 días antes del cese de la misma.
Es importante hacer constar la fecha en la que se va producir la extinción de la relación laboral, así como al fecha en la que se notifica al empresario.
Este plazo es obligatorio en todos aquellos contratos cuya duración sea superior a un año, y aconsejable en el resto, para que el empresario pueda organizar la actividad laboral después del cese voluntario del trabajador.
En el caso de incumplimiento de la obligación de preaviso, en los casos así exigidos, el empresario podrá descontar del salario, los días de preaviso legalmente omitidos por el trabajador.
Lo mismo ocurre en el caso de que los empresarios no notificarán la extinción de la relación laboral, con una antelación mínima de 15 días.
En este caso estarán obligados por Ley a indemnizar al trabajador, por el importe salarial total de los días omitidos.
